En el EB-5, todo el capital invertido debe provenir de los recursos propios del inversionista y estar efectivamente ‘en riesgo’ dentro del proyecto, es decir, no puede estar garantizado ni protegido por una obligación de reembolso. Por eso, usar un financiamiento hipotecario para reunir el dinero puede encontrar obstáculos.
El punto sensible es que los fondos obtenidos mediante una hipoteca son, por definición, recursos de terceros vinculados a una obligación de pago. Dependiendo de cómo se estructure el préstamo y de lo que se ofrezca como garantía, ese dinero puede no ser considerado capital ‘en riesgo’ para los fines del programa, lo que compromete un requisito central del EB-5.
- El capital debe estar verdaderamente expuesto al riesgo del proyecto.
- Los fondos simplemente prestados y garantizados por terceros tienden a ser cuestionados.
- El origen y la naturaleza de cada fuente de fondos se analizan caso a caso.
Como cada situación financiera tiene sus propias particularidades, documente con precisión el origen de los recursos y confirme los requisitos vigentes con el USCIS y con un especialista antes de estructurar la inversión con base en financiamiento.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.