Sí, es posible, con algunas consideraciones importantes. En el EB-5, el inversionista principal puede incluir como dependientes al cónyuge y a los hijos solteros dentro del límite de edad establecido por el programa. Ellos acompañan la solicitud de residencia permanente y quedan vinculados a la misma petición, actuando como co-solicitantes en ese sentido.
Esta posibilidad tiene un alcance definido. La ley delimita quién se califica como dependiente, lo que significa que otros familiares fuera de ese grupo (como padres o hermanos, por ejemplo) no pueden incluirse en la misma petición del inversionista.
Dado que los criterios para calificar como dependiente pueden cambiar con el tiempo, conviene confirmar quién se califica en la fuente oficial (USCIS) y organizar la documentación de cada familiar con anticipación.
Si tiene dudas sobre su caso, consulte a un profesional especializado para asegurarse de que la inclusión de dependientes cumpla con las reglas vigentes.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.