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¿Puedo contratar parientes para crear empleos en el EB-5?

En el EB-5, contratar parientes puede ser aceptable siempre que el puesto sea legítimo y necesario para el negocio, nunca una contratación ficticia para cumplir el requisito de empleos. Conozca lo que evalúa el USCIS.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 21/07/2026
1 min de lectura
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En el EB-5, contratar parientes no está prohibido de forma automática, pero existe una condición esencial: el empleo debe ser legítimo y necesario para el funcionamiento del negocio. Lo que el programa exige son empleos reales, no puestos ficticios creados únicamente para cumplir con el requisito de generación de empleos.

El USCIS (servicio de inmigración de EE. UU.) analiza cada caso en busca de evidencia de que la inversión generó crecimiento económico real y empleos efectivos. Por ello, contratar a un pariente exige demostrar que la decisión tiene una base funcional y que la persona reúne las calificaciones del puesto.

  • El puesto es real y necesario para la operación de la empresa.
  • El pariente reúne las calificaciones del cargo.
  • La contratación y el reclutamiento cumplen con las leyes laborales.

Es decir, el parentesco en sí no descalifica, pero el empleo debe sostenerse por sus propios méritos. Vale la pena verificar los criterios actualizados con el USCIS y buscar orientación especializada antes de estructurar el personal.

Aprende más sobre el EB-5

Tipo
Green Card por inversión
Inversión mín.
US$ 800.000
Empleos creados
Mínimo 10 (tiempo completo)
Procesamiento
24-48 meses
Todo sobre EB-5

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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