No es la visa EB-5 la que determina eso. Obtener una visa o la residencia permanente en los Estados Unidos a través del programa no revoca, de forma automática, la ciudadanía que usted tiene en su país de origen. Esa cuestión se rige por la legislación de su propio país, no por las normas migratorias de EE. UU.
En la práctica, cada país aborda el tema de manera distinta: algunos admiten la doble ciudadanía sin inconvenientes, mientras que otros exigen la renuncia a la nacionalidad anterior cuando la persona adquiere otra. Si la ley local prevé la pérdida de la ciudadanía en esas situaciones, ello se deriva exclusivamente de ese ordenamiento jurídico, y no de ninguna obligación creada por la visa EB-5.
Vale recordar que la visa EB-5 trata sobre la inmigración a los Estados Unidos, es decir, sobre la residencia y el estatus migratorio, y no modifica su ciudadanía de nacimiento.
Por involucrar las leyes de dos países, lo más recomendable es verificar las normas de ciudadanía de su país de origen ante las autoridades competentes y, del lado americano, confirmar los requisitos de la visa EB-5 con el USCIS o con un especialista calificado.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.