Sí, de forma indirecta. El EB-5 es una visa de inversión, no una visa fiscal, pero mantener las obligaciones tributarias al día forma parte de cumplir íntegramente las leyes de los Estados Unidos, y eso es precisamente lo que se espera de quienes tienen estatus migratorio en el país.
Como residente, incluso en la fase condicional, el inversionista debe presentar sus declaraciones y pagar los impuestos correspondientes. No hacerlo no cancela el EB-5 de forma automática, pero puede tener peso migratorio: incumplir la ley fiscal puede interpretarse como mala conducta y, en ciertos casos, complicar el mantenimiento del estatus o la etapa de remoción de condiciones necesaria para obtener el green card definitivo.
Más allá del aspecto migratorio, los problemas fiscales pueden acarrear consecuencias propias, como cargos y penalidades en el ámbito tributario. Es decir, el riesgo es doble, y vale la pena tomarlo en serio desde el principio.
- Mantenga sus declaraciones y pagos al día durante todo el proceso.
- Un historial fiscal limpio sustenta una situación migratoria estable.
- Las cuestiones fiscales y migratorias van de la mano y deben atenderse en conjunto.
Dado que las normas fiscales y migratorias cambian y se entrecruzan, conviene buscar orientación especializada en ambas áreas y confirmar sus obligaciones en las fuentes oficiales (USCIS y la autoridad tributaria correspondiente), sin confiar en soluciones milagrosas.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.