Por regla general, quien responde por el EB-5 es el inversionista que formalizó el aporte y asumió los compromisos ante las autoridades de inmigración. A él se vinculan la documentación, la comprobación de la inversión y la generación de empleos exigida por el programa, independientemente de la estructura societaria detrás del negocio.
Por eso, un conflicto entre socios no transfiere esa responsabilidad automáticamente a los demás. La obligación de cumplir con los términos del EB-5 sigue ligada a quien figura como inversionista en el trámite ante el USCIS. Lo que puede variar son las relaciones internas de la empresa: los acuerdos societarios y los contratos suelen definir funciones, responsabilidades y mecanismos de resolución de disputas, y es el análisis de esos documentos el que indica si existe alguna solidaridad o si todo recae sobre el inversionista peticionario.
En la práctica, el riesgo de una disputa societaria es que llame la atención de las autoridades y perjudique el avance del proceso migratorio. Una estructura clara y bien documentada ayuda a mitigar eso.
Antes de invertir con socios, conviene hacer una diligencia debida cuidadosa, dejar las responsabilidades bien definidas en el contrato y buscar asesoría especializada. Confirme siempre las reglas actualizadas en la fuente oficial (USCIS).
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.