Sí. El programa EB-5 permite que la inversión se realice a través de una joint venture, incluso en asociación con un ciudadano estadounidense. Lo que importa no es la nacionalidad del socio, sino si la estructura cumple con todos los requisitos del programa.
Para que una joint venture funcione dentro del EB-5, es necesario tener bien definidos algunos puntos:
- El origen lícito de los fondos invertidos, debidamente documentado.
- Un papel real del inversor extranjero en la dirección o supervisión del negocio.
- La generación de empleos exigida por el programa, vinculada al emprendimiento.
La asociación con un estadounidense puede ser ventajosa, ya que aporta conocimiento local y facilita la administración. Sin embargo, esta colaboración debe formalizarse con asesoría jurídica, para que la estructura no genere vacíos que comprometan el proceso migratorio.
Por ser un programa que exige atención al detalle, el EB-5 requiere un manejo cuidadoso de la documentación y el cumplimiento de las normativas de los organismos competentes, como el USCIS. Se recomienda verificar los requisitos actualizados y diseñar la operación con profesionales experimentados, sin confiar en promesas de aprobación garantizada.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.