El EB-5 no requiere, como condición de la visa, que el inversionista contrate un seguro de accidentes de trabajo. Lo que el programa evalúa es el aporte de capital en un emprendimiento calificado y la generación de empleos que este promueve, no la contratación de una póliza específica.
La obligatoriedad de este tipo de cobertura proviene de otra fuente: las leyes laborales federales, estatales y locales que se aplican a cualquier negocio que emplee personas en los Estados Unidos. Si el proyecto financiado por el EB-5 contrata empleados, debe cumplir con esas normas como cualquier otra empresa, y el seguro de accidentes de trabajo puede formar parte de ese conjunto de obligaciones.
En la práctica, conviene separar dos planos distintos:
- El plano migratorio, en el que el EB-5 exige inversión calificada y creación de empleos.
- El plano laboral y regulatorio, en el que el emprendimiento sigue las reglas del sector y del estado donde opera.
Dado que las exigencias laborales varían según la actividad y la ubicación del negocio, es recomendable confirmar qué aplica a su proyecto con un contador o abogado en los Estados Unidos y verificar los requisitos del programa directamente en la fuente oficial (USCIS) antes de estructurar la inversión.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
Etiquetas
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.