No de la forma en que el término ‘downgrade’ sugiere. No existe un mecanismo formal que convierta automáticamente una petición EB-1 en una petición EB-4. Son categorías con finalidades distintas, y la elegibilidad en una no se transfiere a la otra.
La diferencia de propósito lo explica. El EB-1 está orientado a perfiles de gran destacamiento profesional, como personas con habilidad extraordinaria, profesores e investigadores reconocidos, o ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales. El EB-4, en cambio, es la vía de los llamados inmigrantes especiales, un conjunto de grupos específicos que incluye a ciertos trabajadores religiosos y otras categorías definidas por la ley.
Es decir, migrar al EB-4 no es rebajar una solicitud de EB-1: significa iniciar un nuevo proceso bajo los criterios propios del EB-4, demostrando que se encuadra en uno de esos grupos especiales. Contar con un EB-1 aprobado o en trámite no abre, por sí solo, la puerta al EB-4.
Dado que cada categoría tiene requisitos específicos, conviene verificar los requisitos actualizados en la fuente oficial y evaluarlo con un especialista para determinar si su perfil se ajusta al EB-4.
Aprende más sobre el EB-4
- Categoría
- Green Card EB-4 (4ª prioridad)
- Elegibles
- Trabajadores religiosos, SIJ, otros
- Petición
- Formulario I-360
- Procesamiento
- 12-24 meses
Etiquetas
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.