Sí. Incluso después de que el I-140 sea aprobado en el proceso EB-2 NIW, usted puede cambiar de abogado si lo considera necesario. El cambio de representación no invalida la aprobación ya obtenida; lo importante es realizar la transición de manera correcta.
En la práctica, el nuevo abogado suele presentar ante el USCIS el documento que formaliza la representación legal, indicando a la agencia quién se encargará del caso a partir de ese momento. Desde entonces, las comunicaciones y notificaciones se dirigen al nuevo profesional, y el proceso continúa su curso.
- El cambio no anula el I-140 ya aprobado.
- El nuevo abogado formaliza la representación ante el USCIS.
- Las comunicaciones pasarán al nuevo representante.
Al elegir un nuevo profesional o firma, verifique que cuente con experiencia comprobada en inmigración y desconfíe de promesas de resultados rápidos o garantizados. Si tiene dudas sobre el procedimiento, vale la pena consultar las orientaciones oficiales del USCIS antes de formalizar el cambio.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.