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¿Puedo pagar las tarifas por mi cuenta si estoy en el exterior?

Estar en el exterior no impide el pago de las tarifas del EB-2 NIW: los sistemas oficiales aceptan pagos a distancia. Descubra cómo hacerlo de forma segura, siempre a través de los canales del USCIS y los consulados.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 16/07/2026
1 min de lectura
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Sí. En el proceso del EB-2 NIW, estar fuera de los Estados Unidos normalmente no impide que el propio solicitante pague las tarifas del proceso. El pago generalmente se puede realizar de forma remota, sin necesidad de presencia física en el país.

En la práctica, la mayoría de los pagos se realizan en línea, a través de los sistemas indicados por el USCIS o la autoridad consular responsable, según la etapa en que se encuentre el caso. Como los formularios y los medios de pago aceptados pueden cambiar con el tiempo, lo ideal es seguir siempre las instrucciones oficiales actualizadas de cada fase.

Para evitar errores y fraudes, utilice únicamente los canales oficiales y desconfíe de intermediarios que prometan resultados garantizados. Si tiene dudas sobre qué tarifa pagar y en qué momento, consulte las orientaciones del USCIS y, de ser necesario, cuente con el apoyo de un profesional de confianza.

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Victoria Harper

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Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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