En el proceso de EB-2 NIW, cuando el USCIS emite un RFE (Request for Evidence), el propio documento indica el plazo de respuesta aplicable a su caso. No existe un valor único que memorizar: la fecha límite está escrita en el RFE y es la que rige.
Por eso, el paso más importante es leer el RFE con atención en cuanto llegue y ubicar la fecha final para el envío de los documentos. El plazo puede variar según el tipo de solicitud y lo que se está pidiendo, y generalmente se cuenta a partir de la fecha indicada en el propio aviso.
Algunos cuidados marcan la diferencia:
- Respetar rigurosamente la fecha límite indicada en el documento.
- Preparar una respuesta completa, ya que los envíos parciales pueden perjudicar el caso.
- No asumir prórrogas automáticas: organícese para responder dentro del plazo otorgado.
Como los plazos y procedimientos pueden cambiar, confirme siempre la información en el propio RFE y en las orientaciones oficiales del USCIS en EE. UU., y considere el apoyo de un especialista si la respuesta es compleja.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.