No. Una vez que el EB-1B se convierte en una tarjeta de residencia (green card), usted se convierte en residente permanente y tiene derecho a vivir en cualquier lugar de los Estados Unidos. No existe ninguna regla que lo obligue a permanecer en la ciudad donde se presentó la petición o donde se encontraba el empleador patrocinador.
Sin embargo, hay un aspecto importante que no tiene que ver con el domicilio, sino con la coherencia. El EB-1B surge de una oferta de empleo y del compromiso con la actividad académica o de investigación, por lo que conviene reflexionar con cuidado ante situaciones como:
- Finalizar la relación con el empleador patrocinador poco después de la aprobación.
- Cambiar de área de manera drástica en relación con lo declarado en la petición.
- Modificaciones que puedan parecer incoherentes en una solicitud futura, como la naturalización.
En resumen, vivir donde desee es un derecho suyo; el cuidado está en mantener su trayectoria alineada con lo que la petición afirmó. Ante cambios relevantes, es recomendable verificar las reglas vigentes en el USCIS y consultar con un especialista antes de tomar una decisión.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
Etiquetas
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.