Tener el EB-1 aprobado es un logro importante, pero es solo el primer paso. La aprobación significa que la petición de inmigración basada en empleo fue reconocida por las autoridades, no que la green card ya haya sido otorgada. La residencia permanente solo se concreta en la etapa siguiente del proceso.
Si decides no avanzar con el ajuste de estatus (dentro de los EE. UU.) o con el procesamiento consular (fuera del país), no obtienes automáticamente los beneficios de la residencia permanente. En la práctica, continúas bajo el estatus migratorio que ya tienes, ya sea una visa de no inmigrante u otro estatus válido.
Mientras no completes esa transición, no disfrutas de las ventajas típicas de la green card, como:
- Trabajar sin las restricciones de una visa temporal.
- Entrar y salir del país con la libertad de un residente permanente.
- Acumular tiempo de residencia para fines futuros.
En muchos casos, la petición aprobada sigue siendo válida para determinados fines y puede servir de base para retomar el proceso más adelante, siempre que sigas siendo elegible y cumplas con los requisitos vigentes. Como cada situación tiene sus particularidades y las reglas pueden cambiar, vale la pena verificar los requisitos actualizados en USCIS o con un profesional de confianza antes de decidir los próximos pasos.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.