En términos generales, no. El EB-1 no exige una autorización o aval formal de su asociación o colegio profesional para presentar la petición. El proceso evalúa su reconocimiento y su trayectoria profesional, no el consentimiento de la entidad a la que usted pertenece.
Es importante separar dos cosas que suelen confundirse: la petición de visa y el ejercicio de la profesión en los Estados Unidos. Una cosa es obtener el EB-1; otra es poder trabajar en su campo después, lo cual puede implicar reglas propias de cada área.
- Las profesiones reguladas, como salud, ingeniería o derecho, pueden requerir licencias o acreditaciones específicas para ejercer en el país.
- Esos requisitos provienen de los organismos y colegios que regulan la actividad, no de la petición del EB-1 en sí.
Es decir, a menos que su profesión exija una licencia propia para trabajar en el país de destino, usted generalmente no necesita permiso de su asociación gremial para el EB-1. Conviene confirmar los requisitos de su área con la fuente oficial o con un especialista calificado.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.