Sí. Una vez que obtienes la green card a través del EB-1A, eres residente permanente y tienes libertad para emprender en Estados Unidos: abrir una empresa, ser socio, invertir y administrar tu propio negocio. Desde el punto de vista migratorio, no existe ninguna restricción específica en tu contra.
La diferencia respecto a quien depende de una visa de trabajo es justamente esa: el residente permanente no necesita patrocinio de un empleador ni autorización vinculada a un cargo específico para manejar su propio negocio. Puedes emprender en las mismas condiciones generales que cualquier otro residente.
Lo que sigue vigente son las reglas comunes para cualquier empresa en el país, que varían según el sector y el estado:
- Elegir y registrar el tipo de sociedad adecuado para tu negocio.
- Obtener las licencias y permisos exigidos para la actividad.
- Cumplir con las obligaciones fiscales y contables, federales y estatales.
Por eso suele valer la pena apoyarse en un contador y, cuando sea necesario, en un abogado de negocios que conozca el mercado local. Como las reglas fiscales y de licenciamiento pueden cambiar, lo más seguro es confirmar los requisitos actualizados con las autoridades competentes y, en lo que corresponda a tu estatus migratorio, con USCIS.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.