Sí, es posible tener socios estadounidenses en un negocio vinculado al E-1. Lo que no puede cambiar es la esencia exigida por la visa: la empresa debe permanecer en propiedad y bajo el control de nacionales del país del tratado. Mientras ese vínculo se mantenga, la presencia de socios o inversionistas estadounidenses es compatible con la visa.
El E-1 está destinado a ciudadanos de países con tratado comercial con EE. UU. que realicen un comercio sustancial entre ambos países. Por eso, la estructura societaria se analiza para confirmar que la empresa sigue calificando como empresa del país del tratado y no pasa, en la práctica, al control de terceros ajenos al tratado.
Al momento de conformar la sociedad, preste atención a:
- Cómo se distribuyen la propiedad y el control entre los socios.
- La documentación que acredita la nacionalidad de tratado de los titulares.
- La coherencia entre la estructura societaria y la actividad comercial declarada.
Dado que cada arreglo tiene sus particularidades, conviene verificar las reglas actualizadas con el USCIS y diseñar la sociedad con el apoyo de un profesional de confianza, evitando las promesas milagrosas de campañas de marketing.
Aprende más sobre el E-2
- Tipo
- No inmigrante
- Validez inicial
- 2-5 años
- Extensión
- Ilimitada (2 años/vez)
- Procesamiento
- 1-4 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.