La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en Vasquez Perdomo v. Noem, emitida en septiembre de 2025, autorizó a la administración Trump a retomar operativos amplios de fiscalización migratoria en el área metropolitana de Los Ángeles. La medida suspendió una orden del tribunal de distrito que limitaba las detenciones del ICE realizadas únicamente con base en apariencia étnica, idioma hablado, tipo de ocupación o puntos de concentración de jornaleros. El efecto práctico fue inmediato: la llamada estrategia de las roving patrols —patrullas itinerantes que abordan personas en estacionamientos, paradas de autobús y centros de contratación informal— volvió a ser legal mientras el fondo del caso es analizado en los tribunales inferiores.
Para la comunidad inmigrante lusófona radicada en California, y para cualquier persona que viva o transite por áreas con fuerte presencia latina, la decisión modifica materialmente el cálculo de riesgo cotidiano. Vale la pena entender qué decidió exactamente la Corte Suprema, qué sigue vigente como derecho constitucional y qué conductas concretas reducen la exposición a una detención indebida.
Qué decidió la Corte Suprema
La decisión fue una stay —una suspensión temporal— concedida en una solicitud de emergencia presentada por el procurador general interino D. John Sauer. No resuelve el fondo del caso, sino que únicamente retira la orden restrictiva de la jueza de distrito Maame Ewusi-Mensah Frimpong mientras el Noveno Circuito analiza el recurso. La mayoría conservadora no publicó una opinión escrita extensa, pero las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson suscribieron un enérgico voto disidente, manifestando preocupación por el uso del calendario de emergencia para habilitar prácticas de riesgo constitucional.
El voto disidente advirtió que levantar la medida cautelar permite, en la práctica, que ciudadanos estadounidenses y residentes legales sean detenidos únicamente por su apariencia étnica o por hablar español —situación que la Cuarta Enmienda de la Constitución prohíbe expresamente.
El contexto del caso
El litigio comenzó tras un operativo del ICE en Pasadena, en junio de 2025, en el que tres jornaleros fueron detenidos. Ellos, junto a ciudadanos estadounidenses abordados en los mismos operativos y organizaciones comunitarias, demandaron al gobierno alegando violaciones sistemáticas de la Cuarta Enmienda. La jueza Frimpong emitió una orden restrictiva temporal que imponía cuatro prohibiciones: los agentes federales no podrían fundar una detención únicamente en (1) apariencia racial o étnica, (2) idioma hablado, (3) lugar o tipo de trabajo, o (4) puntos de reunión de jornaleros.
El gobierno apeló directamente ante la Corte Suprema argumentando que la orden hacía inviable el enforcement legítimo, al crear responsabilidad excesiva incluso para abordajes realizados dentro de la ley. La mayoría acogió esa tesis.
Lo que sigue siendo derecho constitucional
Incluso con la stay vigente, algunos principios no han cambiado. Los agentes federales siguen necesitando reasonable suspicion articulable para detener a cualquier persona, y eso sigue siendo un estándar jurídico verificable ante un tribunal. La diferencia es que, antes, la orden del distrito creaba parámetros previos más estrictos sobre lo que NO podía integrar esa sospecha; ahora, el juez analiza caso por caso, bajo el estándar general aplicado a las operaciones de inmigración.
La Quinta Enmienda sigue garantizando el derecho al silencio. La Cuarta continúa impidiendo registros en domicilios sin una orden judicial firmada por un juez —las órdenes administrativas del ICE, formularios I-200 e I-205, no autorizan el ingreso forzado a un domicilio sin consentimiento. El derecho a exigir un abogado antes de firmar cualquier documento permanece vigente, y nadie está obligado a abrir la puerta de su casa a agentes federales que presenten únicamente una warrant of arrest administrativa.
Reacciones institucionales e impacto local
La alcaldesa de Los Ángeles, Karen Bass, calificó la decisión como peligrosa y contraria a los valores estadounidenses, advirtiendo sobre el riesgo de separación familiar y la erosión de la confianza en las instituciones locales. El Departamento de Seguridad Nacional celebró el resultado como una victoria de seguridad pública, reiterando su foco en extranjeros con antecedentes penales —aunque las estadísticas de operativos ampliados desde mediados de 2025 muestran una proporción significativa de detenciones de personas sin ningún antecedente criminal.
Las ciudades santuario de California mantienen políticas de no cooperación con el ICE, pero los operativos federales no dependen de esa cooperación. La diferencia práctica es que las policías locales no comparten información de manera proactiva, lo que reduce —pero no elimina— la exposición.
Conductas prácticas para reducir el riesgo de ser abordado
Los expertos en derechos civiles recomiendan algunos comportamientos concretos. Llevar siempre un documento que acredite estatus migratorio válido —green card, pasaporte con visa vigente, EAD— reduce drásticamente el tiempo y el margen de cualquier abordaje. Para inmigrantes con casos pendientes, llevar copia del I-797 de aprobación o del recibo de solicitud ayuda. Los ciudadanos estadounidenses con apariencia latina no están obligados a portar comprobante de ciudadanía, pero en la práctica el pasaporte o la certificación de naturalización cierra la discusión.
Ante un abordaje, preguntar con calma si se puede retirar es jurídicamente decisivo. Si el agente dice que sí, la persona puede alejarse. Si dice que no, se trata de una detención, y a partir de ese momento el derecho al silencio y al abogado debe invocarse verbalmente.
Lo que viene por delante
El Noveno Circuito tiene ahora la tarea de analizar el fondo del caso. Las decisiones de fondo suelen tardar meses, y el resultado puede revertirse —la stay es procesal y no resuelve la cuestión constitucional de fondo. Mientras tanto, organizaciones como la ACLU del Sur de California y el MALDEF mantienen líneas de denuncia para registrar abordajes que puedan haber sido realizados en violación de la Cuarta Enmienda, con miras a litigios posteriores.
Para la comunidad lusófona, y en especial para brasileños que viven en Florida, Massachusetts, California, Texas y Nueva York, el escenario refuerza dos prioridades: mantener un estatus migratorio regular siempre que sea posible, y conocer con precisión los derechos constitucionales que siguen vigentes incluso después de la decisión. Los derechos civiles, contrariamente a lo que sugieren los titulares, no desaparecen —simplemente deben ser exigidos activamente en situaciones concretas.
Victoria Harper
Editor en jefe
Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.