Sí, en principio usted puede permanecer en el extranjero mientras su abogado prepara y presenta la petición del O-1. La preparación del caso y la recopilación de evidencias no requieren su presencia física en los Estados Unidos, por lo que estar fuera del país no interfiere con esta etapa.
De hecho, muchos profesionales optan por esperar en el extranjero por razones personales o laborales. Lo que marca la diferencia es mantener la organización de su parte:
- Tenga la documentación y las declaraciones de apoyo reunidas y de fácil acceso.
- Responda con agilidad a las solicitudes y plazos durante el proceso.
- Mantenga comunicación constante con su abogado para seguir el avance de la petición.
Una vez aprobada la petición, generalmente sigue la etapa consular, en la que se emite la visa para que usted pueda ingresar formalmente a los Estados Unidos. Como cada caso tiene sus particularidades, vale la pena verificar las orientaciones actualizadas del USCIS y del consulado, y contar con apoyo especializado.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.