La aprobación de la petición O-1 es un paso indispensable, pero no implica validez inmediata: por sí sola, no transforma automáticamente su estatus migratorio ni autoriza el trabajo en el momento en que se otorga la aprobación.
Lo que ocurre después depende de dónde se encuentre usted. Si ya está en EE. UU. bajo otro estatus, puede ser posible realizar un cambio o extensión de estatus sin salir del país, siguiendo los procedimientos internos correspondientes. Si se encuentra en el extranjero, el camino es el proceso consular, con programación de entrevista y obtención de la visa a través del consulado.
- La petición aprobada es necesaria, pero no es suficiente por sí sola para comenzar a trabajar.
- Dentro de EE. UU.: puede ser posible un cambio o extensión de estatus.
- Fuera de EE. UU.: la visa se obtiene por la vía consular.
El período de permanencia autorizado se define en la propia aprobación, de acuerdo con la actividad y el proyecto. Lleve un seguimiento de esos plazos y confirme las condiciones de su caso con el USCIS o con un especialista en inmigración.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.