El L-1 es una visa de transferencia dentro del mismo grupo corporativo, y su lógica es clara: le autoriza a trabajar para la entidad en Estados Unidos que patrocinó la transferencia. Las actividades bajo esta visa deben estar vinculadas a ese establecimiento estadounidense al que usted fue asignado.
Prestar servicios a la filial extranjera, incluso de forma remota, entra en una zona sensible. Si su función pasa a consistir en realizar trabajo para la empresa en el exterior, eso puede salirse del alcance de la autorización concedida, porque el fundamento del L-1 es su contribución al negocio en Estados Unidos.
Los cambios en el alcance del trabajo suelen requerir un análisis cuidadoso y, en algunos casos, una autorización distinta o una visa compatible con las nuevas funciones. No es una decisión que deba tomarse de forma unilateral basándose en suposiciones.
- El trabajo bajo L-1 se concentra en la entidad estadounidense patrocinadora.
- Los servicios prestados a la filial extranjera pueden exceder el alcance del visto.
- Un cambio de funciones requiere análisis y, en ocasiones, una autorización diferente.
Antes de asumir cualquier modalidad de trabajo remoto para el exterior, vale la pena verificar los términos de su autorización y evaluar su caso con un especialista para no comprometer su estatus migratorio.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.