Sí. Tener estatus L-1 no le impide casarse en los Estados Unidos. El matrimonio es un acto civil y un derecho personal, y por sí solo no cambia automáticamente su situación migratoria: usted sigue siendo titular del L-1 y debe continuar cumpliendo las reglas del visado con normalidad.
Lo que el matrimonio puede hacer es abrir caminos futuros, dependiendo de quién sea su cónyuge. Si la persona con quien se casa es ciudadana estadounidense o residente permanente, puede surgir la posibilidad de buscar la residencia permanente más adelante. Ese es un proceso aparte, con requisitos propios, y no algo que ocurra de forma automática por el matrimonio.
- Casarse con estatus L-1 está permitido y no modifica su estatus por sí solo.
- El L-1 admite intención doble, lo que facilita considerar la residencia permanente posteriormente.
- Un eventual ajuste de estatus es una petición separada, con sus propias reglas.
Mientras el L-1 esté vigente, mantenga su estatus al día. Antes de dar cualquier paso con efecto migratorio, confirme los requisitos actualizados con el USCIS o evalúe su caso con un especialista.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.