No. El cónyuge L-2 no necesita una oferta de empleo para trabajar en los Estados Unidos. A diferencia de las visas vinculadas a un empleador específico, el derecho a trabajar del cónyuge está asociado al propio estatus L-2.
En la práctica, esta autorización suele documentarse mediante el EAD (Employment Authorization Document), emitido por el USCIS, cuando se exige para el caso. Con la autorización en regla, el cónyuge puede trabajar para cualquier empleador sin depender de una oferta de empleo previa.
- No es necesario tener empleo para solicitar la autorización de trabajo.
- La autorización sigue la vigencia del estatus L-2 y debe mantenerse al día.
- Con ella en regla, el cónyuge elige libremente a su empleador.
Dado que las reglas y los documentos de autorización de trabajo pueden cambiar, se recomienda consultar las instrucciones actualizadas en el sitio oficial del USCIS o con un especialista en inmigración antes de comenzar cualquier actividad laboral.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.