En general, sí. La tarifa del USCIS puede ser pagada por otra persona en su nombre, ya sea un empleador, un familiar o un amigo, siempre que el pago siga exactamente el método y los datos que determinan las instrucciones oficiales del organismo.
Lo importante no es quién paga, sino que el pago cumpla con los requisitos: completar correctamente los datos, usar la forma de pago aceptada para ese formulario y conservar la documentación que acredite que la tarifa fue abonada y el origen de los fondos. Esto evita retrasos y cuestionamientos en el proceso.
- Terceros pueden, por regla general, asumir la tarifa en su nombre.
- El pago debe seguir el método y el formato oficiales.
- Guarde el comprobante y mantenga claramente documentado el origen de los fondos.
Como las formas de pago aceptadas varían según el formulario y pueden actualizarse, consulte siempre las instrucciones oficiales más recientes del USCIS antes de pagar, y desconfíe de intermediarios sin transparencia.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.