Sí, siempre que el inmueble sea realmente el lugar donde se desarrolla la actividad de la empresa. En el H-1B, la dirección de trabajo declarada debe reflejar el lugar real de las operaciones, no simplemente una dirección de conveniencia.
Si el inmueble familiar está debidamente registrado y se utiliza como local de negocios, cumple con las normas de zonificación y satisface las regulaciones locales aplicables, puede funcionar como dirección legítima en la documentación presentada ante el USCIS y el Departamento de Trabajo.
Por otro lado, usar una dirección que es más residencial que operacional puede llamar la atención de las autoridades. Si falta evidencia de que la empresa opera en ese lugar, pueden surgir cuestionamientos. Por eso, conviene estar preparado para demostrar la realidad del local con evidencias como:
- Contratos, licencias o permisos pertinentes.
- Registros fiscales y comerciales de la empresa.
- Cualquier documento que acredite el uso comercial de la dirección.
Dado que cada caso tiene sus particularidades, lo recomendable es seguir las leyes de inmigración y las normas locales y, ante cualquier duda, consultar a un especialista en inmigración y en derecho empresarial antes de definir la dirección.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.