Sí. En el programa EB-5, el inversionista principal puede incluir como dependientes al cónyuge y a los hijos solteros que estén dentro del límite de edad previsto para dependientes, lo que abarca a los hijos de un matrimonio anterior.
El punto central es comprobar la relación legal entre el inversionista y el menor, ya sea biológica o adoptiva. Las autoridades de inmigración suelen exigir documentos que demuestren ese vínculo y la situación familiar.
- Acta de nacimiento que acredite la filiación.
- Sentencia de divorcio y eventuales acuerdos de custodia.
- Documentos que confirmen que el hijo es soltero.
Cada situación familiar tiene particularidades propias y se analiza de manera individual. Se recomienda verificar los criterios actualizados para dependientes con el USCIS y contar con orientación especializada para reunir la documentación correcta.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.