Sí. Al convertirse en residente permanente a través del programa EB-5, el inversionista generalmente pasa a ser considerado residente fiscal de Estados Unidos y, por lo tanto, debe declarar y pagar impuestos sobre su renta mundial, no solo sobre lo que genera dentro del país.
En la práctica, esto abarca los rendimientos relacionados con la propia inversión EB-5, como la distribución de ganancias del proyecto, así como las eventuales ganancias de capital por la venta de la participación en el emprendimiento. El tratamiento tributario suele variar según la naturaleza del ingreso, ya sea proveniente de intereses, dividendos o de la valorización de la inversión.
- La residencia permanente tiende a conferir la condición de residente fiscal.
- La renta mundial pasa a ser declarable, no solo la de origen estadounidense.
- Ganancias, intereses, dividendos y plusvalías pueden tributar de formas distintas.
Mantener la documentación financiera organizada y desconfiar de quienes prometen exenciones fáciles o resultados garantizados ayuda a evitar complicaciones. Como cada caso tiene sus particularidades, conviene confirmar las reglas vigentes con un profesional en tributación e inmigración y revisar las orientaciones oficiales.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.