Es una preocupación legítima. De manera directa: el USCIS trata la información de su petición de forma confidencial, destinada únicamente al análisis de su caso, pero eso no equivale a protección de propiedad intelectual. La confidencialidad administrativa y los derechos sobre una invención u obra son cosas distintas.
Cuando usted presenta un caso de EB-2 NIW, las evidencias acompañan la solicitud para que los oficiales evalúen el mérito y la relevancia de su trabajo. Esos datos no se publican ni se divulgan como material abierto. Aun así, la vía migratoria no crea, por sí sola, ningún derecho de patente, marca o derecho de autor sobre lo que usted presenta.
Si su proyecto involucra secretos comerciales o información sensible, el camino correcto es buscar los mecanismos de protección intelectual adecuados antes de exponer los detalles:
- Evalúe el registro de patente, marca o derecho de autor según corresponda.
- Presente al USCIS lo suficiente para demostrar mérito, sin revelar secretos que no necesitan ser divulgados.
- Considere orientación jurídica especializada en propiedad intelectual.
Para entender qué enviar y cómo el proceso maneja sus datos, vale la pena consultar las orientaciones oficiales del USCIS y a un especialista antes de peticionar.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.