Sí. Cuando el pasaporte queda bajo custodia consular en el consulado o la embajada durante la etapa consular del EB-2 NIW, es posible solicitar su devolución si necesita viajar, aunque esto depende de la etapa del proceso y requiere una solicitud formal.
La retención del documento es una práctica habitual mientras el visado se procesa y se emite. Por eso, la liberación no siempre es inmediata y se evalúa caso por caso.
El camino seguro es comunicarse directamente con el consulado responsable:
- Explique la necesidad del viaje y pregunte por el procedimiento de devolución.
- Siga las instrucciones oficiales del consulado, que varían según la etapa del caso.
- Conserve los comprobantes de cualquier solicitud formal que realice.
Desconfíe de terceros que prometan agilizar esa devolución sin respaldo oficial. Dado que cada situación se analiza de forma individual, conviene revisar las orientaciones del consulado y del USCIS y, ante cualquier duda, consultar a un especialista antes de actuar.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.