Depende de la autorización de trabajo que usted ya tenga. En el EB-2 NIW, la aprobación del I-140 confirma que usted cumple con los criterios de la categoría de inmigrante basada en empleo, pero no otorga, por sí sola, permiso para trabajar en EE. UU.
Para ejercer una actividad remunerada mientras espera la residencia permanente, generalmente es necesario contar con una autorización de trabajo independiente. Cuando el solicitante se encuentra en EE. UU. y puede ajustar su estatus, es habitual pedir el Documento de Autorización de Empleo (EAD) mediante el I-765, muchas veces junto con la solicitud de ajuste de estatus (I-485). Una vez aprobado el EAD, este permite trabajar mientras el green card está en trámite.
- El I-140 valida la categoría de inmigrante, pero no autoriza el empleo por sí solo.
- El EAD, solicitado a través del I-765, es la autorización de trabajo más común en esta etapa.
- Si usted ya cuenta con otra autorización de trabajo válida, es posible que el I-765 no sea necesario de inmediato.
Dado que las reglas y el orden de los pasos varían según cada caso, conviene verificar los requisitos vigentes con el USCIS y, ante cualquier duda, contar con el apoyo de un profesional de confianza en inmigración.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.