No. En el EB-2 NIW, quien debe demostrar mérito e interés nacional es el solicitante principal. El cónyuge se incluye como dependiente y no necesita cumplir por sí mismo los criterios del visado: su elegibilidad se deriva de la petición principal aprobada.
El papel del cónyuge en el proceso es distinto: acreditar el vínculo familiar de manera legítima. Esto generalmente implica el acta de matrimonio y documentos que demuestren que la unión es genuina, además de los formularios y pasos propios de quienes acompañan al solicitante principal.
Vale recordar que ser dependiente otorga un estatus derivado, con reglas propias sobre permanencia y, en algunos casos, autorización de trabajo, las cuales deben verificarse por separado. Cada situación familiar tiene sus particularidades.
Dado que las normas de inmigración son detalladas y cambian con el tiempo, es recomendable confirmar los procedimientos actualizados con el USCIS o con un especialista calificado antes de preparar la documentación del cónyuge y demás dependientes.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.