Sí. Por regla general, los dependientes que inmigran con el EB-2 NIW solicitan el Número de Seguro Social (SSN) después de llegar a los Estados Unidos. La solicitud se realiza directamente en una oficina de la Social Security Administration (SSA).
En la cita, es necesario presentar los documentos migratorios y el comprobante de estatus legal, como el pasaporte, la visa y el Green Card, cuando ya esté disponible. La SSA también suele solicitar un documento que confirme identidad y edad, lo cual es especialmente importante para quienes tienen intención de trabajar.
Algunos trámites pueden vincularse al ajuste de estatus, pero muchos dependientes prefieren resolver el SSN en persona poco después de la llegada para evitar demoras en oportunidades de empleo.
Como los documentos requeridos y los procedimientos pueden cambiar, vale la pena confirmar la lista actualizada directamente con la SSA o con un especialista antes de acudir a la cita.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.