No. Por sí solo, el I-140 aprobado no le impide viajar fuera de los Estados Unidos. En el EB-2 NIW, esta petición demuestra que usted tiene la calificación para solicitar la residencia permanente, pero no funciona como una visa que restrinja su movilidad.
El punto clave es distinguir entre el I-140 y el ajuste de estatus (I-485). El I-140 reconoce su elegibilidad en la categoría; el I-485 es el proceso que efectivamente cambia su estatus a residente permanente. Es en la etapa del I-485 donde los viajes requieren mayor cuidado.
- Si usted aún no ha solicitado el ajuste de estatus, salir del país normalmente no afecta el I-140 aprobado.
- Si el I-485 ya está en trámite, es prudente obtener la autorización de viaje (Advance Parole) antes de salir de EE. UU., para no comprometer su reingreso.
- Verifique siempre que su visa y demás documentos le permitan regresar.
Como cada caso tiene sus particularidades, vale la pena confirmar las indicaciones vigentes con el USCIS y coordinar el viaje con un profesional de confianza antes de partir.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.