No existe un plazo máximo legalmente fijado para la fase consular después de que el I-140 es aprobado en el EB-2 NIW. La aprobación abre el camino para el procesamiento consular o el ajuste de estatus, pero no establece un cronómetro para completar las etapas siguientes.
En el procesamiento consular, la embajada o el consulado de EE. UU. en su país de residencia conduce la entrevista y emite la visa. El tiempo hasta ese punto varía según factores como la demanda en ese puesto, la complejidad del caso y las actualizaciones de procedimientos del Departamento de Estado.
- La aprobación del I-140 no impone, por sí sola, un plazo de conclusión.
- El ritmo depende del puesto consular y de las particularidades del caso.
- El propio oficial consular puede solicitar plazos puntuales durante el proceso.
Incluso sin un techo fijo, conviene mantener la documentación en orden, comunicar cambios de dirección y responder con agilidad a las solicitudes. Para plazos y orientaciones actualizados, consulte las fuentes oficiales (Departamento de Estado y el consulado responsable) y, si lo necesita, busque apoyo especializado.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.