Como residente permanente, usted tiene el derecho de viajar fuera de los Estados Unidos, pero las ausencias prolongadas pueden poner en riesgo su green card. No existe un plazo único: cuanto más tiempo permanezca en el exterior, mayor es la posibilidad de que su salida sea interpretada como abandono de la residencia permanente.
Tras un viaje más largo, el oficial de inmigración puede cuestionar, a su regreso, si usted mantuvo los Estados Unidos como su residencia principal. Por ello, conviene preservar vínculos concretos con el país, como vivienda, empleo, cuentas bancarias y obligaciones fiscales.
Cuando el viaje prolongado está planificado con anticipación, el reentry permit (autorización de reingreso) ayuda a preservar el estatus durante una ausencia temporal más extensa. Aun así, la decisión final sobre el reingreso corresponde al oficial de inmigración al momento del retorno.
Dado que las reglas pueden cambiar, confirme las orientaciones actualizadas en el sitio web del USCIS y, ante una ausencia prolongada, evalúe su caso con un profesional de confianza antes de viajar.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.