Sí, con atención al tipo de participación. El EB-1C está orientado a la transferencia de ejecutivos y gerentes de una empresa en el extranjero a una entidad vinculada en los Estados Unidos, no a la inmigración de inversionistas. Tener cuotas o acciones de la empresa no es, por sí solo, un impedimento.
El punto sensible es el grado de control. Ser socio mayoritario o controlador de la empresa patrocinadora tiende a debilitar la petición, porque la categoría exige demostrar que usted actúa de hecho en una función ejecutiva o gerencial, y no que ostenta el poder de decisión como dueño. Una participación minoritaria, en cambio, suele ser vista con mayor naturalidad.
- Lo que importa es la naturaleza ejecutiva o gerencial de su rol, bien documentada.
- La relación laboral debe ser legítima y compatible con la categoría.
- El vínculo calificado entre la empresa extranjera y la estadounidense debe estar claramente acreditado.
Como cada estructura societaria tiene sus particularidades, vale la pena mapear su participación y sus funciones y verificar los requisitos actualizados en la fuente oficial (USCIS) o con un especialista antes de presentar la petición.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.