No, la E-1 no impone un tipo específico de persona jurídica. La visa está dirigida a ciudadanos de países con tratado comercial con los Estados Unidos, y el foco recae sobre la actividad comercial, no sobre el formato societario elegido para llevarla a cabo.
En la práctica, distintas estructuras pueden calificar, siempre que cumplan con los requisitos de la visa. Lo que realmente importa es demostrar dos puntos centrales:
- Que existe un comercio sustancial y continuo entre los Estados Unidos y el país del tratado.
- Que la empresa es propiedad de nacionales y está controlada por ellos del país signatario del tratado.
Es decir, tanto un profesional que actúa a título personal como una sociedad formalmente constituida pueden, en principio, calificar, siempre que el vínculo con el tratado y la sustancia del comercio estén presentes y bien documentados.
Como cada estructura tiene sus propias implicaciones, vale la pena verificar los requisitos actualizados en el USCIS y diseñar el esquema societario con el apoyo de un profesional de confianza, sin apoyarse en promesas de resultados rápidos.
Aprende más sobre el E-2
- Tipo
- No inmigrante
- Validez inicial
- 2-5 años
- Extensión
- Ilimitada (2 años/vez)
- Procesamiento
- 1-4 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.