La visa E-2 es una excelente opción para inversores que desean aportar sus recursos y experiencia para contribuir a la economía de Estados Unidos. Sin embargo, muchos se preguntan cuál es el organismo responsable de otorgar este beneficio y cómo funciona el procedimiento de aprobación.
Normalmente, cuando el inversor solicita la visa E-2 a través de un proceso consular -es decir, fuera de Estados Unidos-, la aprobación no pasa por USCIS. En esta modalidad, la solicitud es analizada y decidida por un funcionario consular en la embajada o consulado estadounidense en el país de origen del solicitante. Así, la aprobación previa de USCIS no es un requisito en este flujo de tramitación.
Por otro lado, si la persona ya se encuentra en Estados Unidos con otro estatus migratorio y desea cambiarlo al E-2, en ese caso la solicitud será analizada por USCIS. Es decir, el cambio de estatus dentro del territorio estadounidense implica la presentación de una petición ante USCIS y requiere la aprobación de este organismo, respetando los criterios específicos de elegibilidad.
Siempre es importante recalcar que cumplir estrictamente con las leyes de inmigración de Estados Unidos es esencial. Busque siempre la orientación de especialistas calificados y tenga cuidado con empresas o campañas publicitarias que prometen resultados garantizados, para evitar perjuicios y fraudes. La información aquí presentada tiene como objetivo aclarar dudas generales y no sustituye una consulta individualizada con profesionales habilitados en el área.
Aprende más sobre el Visa E-2
- Tipo
- No inmigrante
- Validez inicial
- 2-5 años
- Extensión
- Ilimitada (2 años/vez)
- Procesamiento
- 1-4 meses
Victoria Harper
Editor en jefe
Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.