No. El E-1 no define un monto mínimo de facturación. Lo que la autoridad de inmigración evalúa es si la empresa mantiene un comercio sustancial y continuo entre los Estados Unidos y el país que tiene tratado de comercio, y no un umbral financiero fijo.
El enfoque está en la naturaleza y la regularidad de las transacciones, no en una cifra aislada. Un flujo constante de operaciones de menor escala puede tener más peso que una cifra alta y puntual, porque lo que importa es la continuidad y la relevancia del comercio para la relación entre los dos países.
- No existe un piso de facturación predeterminado.
- Se valoran la regularidad y la consistencia de los intercambios comerciales.
- Cada caso se evalúa considerando aspectos cuantitativos y cualitativos.
Por eso, conviene reunir una documentación sólida (contratos, facturas y registros de las negociaciones) que demuestre la continuidad del comercio. Para verificar qué aplica a su situación, consulte las orientaciones del USCIS o a un especialista calificado.
Aprende más sobre el E-2
- Tipo
- No inmigrante
- Validez inicial
- 2-5 años
- Extensión
- Ilimitada (2 años/vez)
- Procesamiento
- 1-4 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.